lunes, 1 de abril de 2013

Tenencia de armas

Es típico por mucha gente el portar una navaja para el almuerzo y menos frecuente, pero cada vez mas común, poseer un spray de defensa o un arma de electrochoque, conocida como “Taser”.  
En España la tenencia y uso de armas está muy regularizada. Es posible que al  portador de algún arma, esta le sea incautada por parte de algún agente de policía y dé conocimiento a la autoridad competente, no entendiendo la persona el motivo de la actuación policial, si lo que porta es legal. 

Puede darse el caso que alguien tenga un arma considerada prohibida y crea que es legal porque lo venden en alguna tienda. O portar un objeto para la defensa personal, el cual está permitido, pero tiene una serie de requisitos que mucha gente desconoce. También existen armas prohibidas para su uso civil, pero autorizadas para determinados funcionarios o particulares debidamente autorizadas como veremos a continuación.
Para hablar sobre este tema, nos basaremos en la siguiente legislación:

Hacer especial mención al art.18 de la citada ley que dota de capacidad de actuación a los agentes y dicta lo siguiente. "Los agentes de la autoridad podrán realizar, en todo caso, las comprobaciones necesarias para impedir que en las vías, lugares y establecimientos públicos se porten o utilicen ilegalmente armas, procediendo a su ocupación. Podrán proceder a la ocupación temporal, incluso de las que se lleven con licencia o permiso y de cualesquiera otros medios de agresión, si se estima necesario, con objeto de prevenir la comisión de cualquier delito, o cuando exista peligro para la seguridad de las personas o de las cosas."
También dependiendo del arma u objeto peligroso tendríamos que ir al Código Penal que es la Ley Orgánica 10/1995.
Una vez sabemos dónde tenemos que mirar en la legislación, vamos a ver las características legales de algunos objetos.
Spray de defensa (Imagen)

El art. 5.1.b del  R.A. dice que está permitida la tenencia y uso civil de estos objetos, siempre que sean aprobados por el Ministerio de Sanidad. Se pueden comprar en armerías y siempre por personas mayores de edad. Como el nombre indica, es un spray de DEFENSA, no para ir gaseando a la gente y hacer la gracia.
Pregunta: “Tengo un spray de defensa personal que compré en Andorra y la policía me lo quitó ¿Por qué?
Respuesta: Es muy posible que no estuviese homologado para su uso en España. Recordemos que Andorra ni siquiera forma parte de la U.E.

Arma eléctrica, de electrochoque o “Táser” (Imagen)
Para hablar del “Taser” tenemos que ir al art 5.1.c. Dice que tiene un uso restringido a funcionarios especialmente habilitados, por lo que no está permitido su uso en el ámbito civil y su tenencia podría ser sancionada. Este objeto realiza una descarga electrica que deja aturdida a la persona contra la que se usa. Es un medio no letal usado por algunos cuerpos o unidades de la policía.
Pregunta: “Fui a una tienda y me vendieron un “Taser”. Pregunté al dependiente y me comentó que era legal.”
Respuesta: El dependiente de una tienda no es una autoridad que pueda dar permiso para la tenencia de estos artículos y que lo venda no quiere decir que sea legal.
Armas blancas (Imagen)

Es común el portar una navaja, ya sea para el corte de alimentos, como herramienta y en algunos casos como arma de ataque o defensa.

Recurriremos al art. 5.3 del  R.A. Podemos leer que las navajas NO AUTOMÁTICAS están permitidas, siempre que no superen los 11 cm de hoja, y si superan esta medida, se permite su tenencia solo en el domicilio como coleccionismo o decoración.
De lo expuesto deducimos que podemos portar un arma de estas características, pero aun así, hay ciertas circunstancias en las que están prohibidas y los agentes policiales, basándose en el art. 18 de la ley de Seguridad Ciudadana, pueden incautar y proceder a dar cuenta a la autoridad competente.

¿Cuáles son estas circunstancias? Pues por ejemplo, una manifestación o un concierto. Pongo a continuación lo que dicta el  R.A. sobre esta situación. Art 148.3 “Los asistentes a reuniones en lugares de tránsito público o manifestaciones, portando cualquier clase de armas, serán denunciados a la autoridad judicial competente a los efectos prevenidos en el artículo correspondiente del Código Penal.”
Defensa extensible, bastón extensible o policial (Imagen)
Vamos a hacer una mención a este tipo de arma. Solo puede ser usada por funcionarios habilitados, por tanto su uso particular está prohibido. Esto lo podemos ver en el art 5.1 y 5.1.c del R.A.
Pregunta: A veces trabajo de seguridad en una discoteca y tengo una “extensible” ¿Está permitido?”
Respuesta: Una persona que trabaja de seguridad en una discoteca no es un funcionario habilitado, por lo tanto, no está permitido.
Armas de fuego (Imagen
Como un revólver, pistolas, escopetas etc. Todo esto, tiene una regulación muy estricta, y solo se puede portar con determinadas autorizaciones o licencias. Su uso particular, como puede ser tiro olímpico o caza, está permitido, pero solo para la actividad para la que se ha conseguido el arma. El trasporte del arma únicamente debe de ser desde el lugar donde se guarda, al lugar de uso y viceversa como dice el art. 149 del R.A.
Pregunta: “Tengo una carabina para tiro olímpico, pero también la uso para cazar algunos animales ¿Está permitido?”
Respuesta: No. La licencia del arma, es para uso exclusivo en tiro olímpico.
Pregunta: “En el coto de caza cercano a mi domicilio, del cual soy usuario, se permite la actividad hasta las 19:00 y la policía me dio el alto a la 01:00 de la madrugada, encontrando el arma usada para cazar en el maletero de mi vehículo. No me encontraba en el trayecto a mi casa, donde guardo el arma, pero tengo toda la documentación en regla. Aun así me denunciaron.”
Respuesta: Como se ha comentado, el arma se porta desde el lugar donde se guarda hasta donde se da uso y viceversa,  y si la hora de la actividad cesa a las 19:00, se ha tenido suficiente tiempo (salvo circunstancia de fuerza mayor) para depositarla en su lugar de guardado. Comentar con esto, que hay autorizaciones para trasladar el arma al extranjero. 

Ante cualquier duda sobre este tema, consultar a la intervención de armas de la Guardia Civil más cercana, ellos nos darán toda la información que necesitemos y nos cubriremos las espaldas.
Armas prohibidas (Imagen)

Veremos el art 4 del  R.A. De este artículo, destacar las armas modificadas o simuladas ya que son las más frecuentes, sobre todo las simuladas.
Como armas modificadas, por ejemplo, un arma de “airsoft” (propulsado el proyectil por un gas) al que le ha sido extraído su mecanismo interior, conservando la carcasa, y ha sido dotada de otro mecanismo para poder ser usada como arma de fuego. También realizar cualquier modificación de un arma de fuego sin autorización la convierte en prohibida.
Para arma simulada, pondré como ejemplo una hebilla de cinturón que oculta una hoja cortante, o simular un arma de fuego en un bolígrafo. Esto está rotundamente prohibido pudiendo llegar a ser delito según el art. 563 del código penal.
Mencionar que las llaves de pugilato, más conocidas como “puño americano” y las “estrellas ninja” están claramente prohibidas. Volver a comentar que, aunque en algunas tiendas vendan estos objetos, no quiere decir que sean legales.
Objetos peligrosos

Existen objetos no clasificados como armas, pero que pueden ser usados como tal, por ejemplo, un cutter, un bate de béisbol o un trozo de cable de alta tensión (se entiende un trozo con unas dimensiones que permita usarlo como arma). Estos objetos, pueden ser tratados como armas en la legislación dependiendo de la situación del portador. (art.18)

Pregunta: "Tenia en el bolsillo del pantalón un cutter que uso en el trabajo para abrir cajas. Unos policías me cachearon mientras estaba en un botellón y se quedaron con el cutter"

Respuesta: Un cutter no es un objeto para tener en un "botellón", es muy cortante y se ocultan con facilidad.

Pregunta: "En el coche tengo un bate pequeño de madera en el que pone "anti-robo". Unos guardias civiles cuando me revisaron el vehículo en las fiestas de mi pueblo se lo quedaron"

Respuesta: Este objeto es muy normal y se ve claramente su objetivo. La situación es una congregación de gente donde se puede ver que no hace falta tener ese objeto.

Ambos objetos se pueden usar claramente como armas y ser retirados por los agentes de la autoridad, además que estos hechos pueden ser sancionables (art 23.a de la ley de seguridad ciudadana)

Respecto al mencionado cable de alta tensión, se puede considerar como fabricación de armas y por tanto entraría también en el art 23.a antes mencionado.
Opinión personal
Particularmente pienso que las armas, sean del tipo que sean, son un tema muy serio y su uso tiene que ser con cabeza. Todo el que posea un arma, debe conocerla y saber su uso, además de no tenerle miedo, ya que esto último unido a un desconocimiento del arma produce errores, y a su vez desemboca en accidentes o situaciones que posiblemente lamentemos.
 Datos/reportaje de  http://somos-policias.blogspot.com/

martes, 12 de febrero de 2013

Niveles del Uniforme Protector de Combate (PCU) .

NIVEL 1
Este nivel se lleva directamente sobre la piel y está fabricado de tela Polartec Power Dry muy ligera y duradera que absorbe la humedad y seca muy rápido.
El nivel 1 se compone de camiseta de cuello redondo y pantalones cortos ceñidos tipo boxer. También están disponibles la camiseta de manga larga con cremallera invisible y los pantalones largos ceñidos. Las cuatro prendas están diseñadas para ser cómodas y ultraligeras.
NIVEL 2
Camisa de manga larga y pantalones fabricados en tela Polartec Power Dry que se llevan directamente sobre la piel cuando se necesita mantener el calor en condiciones extremas, pero que absorbe la humedad de la piel y seca rápido. Se puede introducir un panel lateral de tejido Polartec X-Static que mejora su ajuste al cuerpo y la flexibilidad.
La camiseta tiene una cremallera de 38 cm por si es necesario ventilar la zona y un forro suave en el cuello. Otra característica que hace que los pantalones sean más cómodos es la costura lateral articulada para minimizar la presión en las rodillas.
NIVEL 3
Una chaqueta intermedia aislante fabricada en tejido Polartec Thermal Pro que repele el agua pero es transpirable. Se lleva como una chaqueta exterior en temperaturas suaves o como una gruesa capa aislante con frío extremo. Los hombros sin costuras minimizan la presión y el forro interno proporciona calor y atenúa las rozaduras de las mochilas pesadas. Es un forro polar.
NIVEL 4
La chaqueta cortavientos suave está fabricada de microfibra encapsulada repelente al agua pero transpirable y es eficaz en las más diversas condiciones climáticas. Ha sido diseñada para usarse en combinación con uno de los dos niveles que van directamente sobre el cuerpo en climas templados o en actividades intensas o como capa intermedia junto con el nivel 5 soft shell.
NIVEL 5
La clave de todo el sistema. Esta chaqueta y pantalón de tela soft shell están fabricados con fibras encapsuladas con silicona que los hace altamente transpirables, cortavientos, repelentes al agua y estirables. Se usa en combinación con  los niveles 1 o 2 que se llevan directamente sobre la piel en actividades aeróbicas en climas fríos.
NIVEL 6
Pantalones y chaqueta ligeros e impermeables de tejido hard shell de nylon de tamaño algo grande para permitir que se lleven puestos sobre otros niveles con comodidad. Lleva cremalleras resistentes al agua, aberturas en las axilas para facilitar la ventilación, acceso rápido desde los bolsillos a otras capas interiores y una capucha con borde rígido. Los pantalones tienen el mismo diseño que el nivel 5 pero son además impermeables.
NIVEL 7
Para condiciones climáticas extremas, consta de chaqueta, chaleco y pantalón de poco peso con relleno aislante con tacto de plumón pero mantiene el calor aunque se moje. El tejido de silicona encapsulada con aislante Primaloft hacen que conserve al máximo el calor corporal mientras que el forro repele la humedad.
NIVEL 8
SOF-CCU (Uniforme de Cuerpo a cuerpo) – Básicamente un tipo de uniforme BDU. Más información en http://www.natick.army.mil
  on  at 08:06
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domingo, 13 de enero de 2013

Interior regula las armas de 'paintball' tras su 'auge y difusión' en toda España


Interior regula las armas de 'paintball' tras su 'auge y difusión' en toda España

Dos jóvenes con armas de 'paintball' en un pueblo de Málaga. | Carlos DíazDos jóvenes con armas de 'paintball' en un pueblo de Málaga. | Carlos Díaz
El Ministerio del Interior ha modificado el Reglamento de armas para incluir en él el armamento empleado en actividades lúdico-deportivas como el 'paintball y el airsoft. El departamento que dirige Jorge Fernández Díaz argumenta esta medida en el auge y la difusión de este tipo de armas en los últimos años en España.
"Este tipo de actividades se vienen desarrollando en el territorio nacional desde hace aproximadamente dos décadas, con un considerable auge en los últimos años, que ha llevado a su difusión a lo largo de toda la geografía española, en paralelo a un crecimiento y desarrollo internacional de las modalidades de juego y de las armas a utilizar", dice la orden ministerial a la que ha tenido acceso Europa Press.
El Ministerio entiende que tanto en el 'paintball' como en el 'airsoft' se utilizan armas que disponen de un sistema de disparo automático o son accionadas por muelle o resorte que no se encuentran contempladas en ninguna de las categoría del Reglamento.
A partir de ahora, "se entenderá por arma de uso lúdico-deportivo aquella arma accionada por muelle, resorte, aire o gas comprimido, de ánima lisa o rayada, que dispara proyectiles de material a base de polímeros biodegradables, que pueden contener o no líquidos o geles en su interior, los cuales deberán cumplir con la normativa medioambiental".
"En función del proyectil que disparen las armas de uso lúdico-deportivo, se distingue entre armas denominadas de 'airsoft' y armas denominadas de 'paintball'", distingue el nuevo redactado del Reglamento.
En ese sentido se establece que "el proyectil de las armas lúdico-deportivas denominadas de 'airsoft' tendrá un peso no superior a 0,45 gramos, su diámetro máximo será de 8 milímetros y la energía cinética en boca no será superior a 3,5 julios".
Por su parte, "el proyectil de las armas lúdico-deportivas denominadas de 'paintball' contendrá líquidos o geles en su interior, y su peso no podrá superar 4 gramos, su diámetro máximo será de 18 milímetros y la energía cinética en boca no será superior a 16 julios".
Para las armas cuyo sistema de disparo es automático, el régimen aplicable será el establecido en la categoría 4.1 del artículo 3 del Reglamento de Armas para mientras que las armas que estén accionadas por muelle o resorte será el establecido la categoría 4.2 del mismo artículo 3.

martes, 8 de enero de 2013

Evita un incendio en casa


En nuestros países no existen cifras oficiales que nos informen sobre los incendios en casa habitación y las causas; como por ejemplo, los ocasionados por fósforos, cortos circuitos, cigarrillos, fugas de gas, etc. Sin embargo, diversas empresas, fundaciones e instituciones manejan datos que nos alertan sobre el riesgo de sufrir un evento de este tipo.

La Empresa Tripp Lite, líder mundial en fabricación de soluciones para protección eléctrica, menciona que los incendios en algunos paises de centro america y sudamerica han causado graves daños a la población, provocando en promedio cerca de 50,000 víctimas, dejando sin hogar anualmente a nueve de cada 100 habitantes.

Los datos mencionados nos invitan a reflexionar sobre la mejor manera de proteger a nuestros seres queridos implementando en nuestros hogares diversas medidas de seguridad:

- Implementar un programa para el cuidado de las instalaciones eléctricas.
- Colocar protecciones de seguridad en los contactos eléctricos cuando hay gateadores y niños menores en casa.
- Guardar todos los líquidos inflamables a una distancia mínima de 1 metro de todo lo que emitan calor, identifícalos y asegúrate que el área se encuentre bien ventilada.
- Nunca fumes en la cama.
- Habla con los niños con regularidad sobre los peligros del fuego, los fósforos y encendedores y mantenlos alejados de ellos.
- Apaga los calentadores portátiles y veladoras cuando salgas del cuarto o vayas a dormir y cuando salgas de casa.
- Enseña a los integrantes de tu familia a no sobrecargar los contactos eléctricos.

Cocina sin peligros

- Quédate en la cocina mientras prepares alimentos, frituras, gratinados o comida asada. Si sales de la cocina, aunque sea por muy poco tiempo, apaga la estufa o el microondas o cualquier otro aparato que genera altas temperaturas. Verifica con regularidad lo que estas preparando.
- Mantén objetos inflamables como agarraderas, toallas y cosas de plástico, alejados de la estufa o aparatos de la cocina que generen altas temperaturas.
- Mantén alejado a los niños de la estufa o aparatos de cocina que generen altas temperatura cuando estén en uso, platica con ellos sobre los peligros de estos aparatos.
- Mantén cerca un extintor para incendios y en condiciones de uso; un extintor tipo ABC es lo más apropiado.

Detectores de humo

- Instala detectores de humo dentro y fuera de las recamaras de tu casa.
- Enseña a los niños a reconocer el sonido de la alarma del detector de humo y a saber qué hacer cuando lo escuchen.
- Realiza inspecciones mensuales de los detectores para verificar su funcionamiento, presionando el botón de prueba.
- Reemplaza las pilas de los detectores de humo una vez al año. O antes si emite un sonido de aviso de que la batería está baja.
- Los detectores de humo deben reemplazarse cada 10 años. Nunca desactives los detectores de humo.

Extintor de incendios

Recuerda los siguientes pasos cuando utilices un extintor de incendios

- Extrae el pasador metálico y sostén el extintor con la boquilla apuntando lejos de tu cuerpo.
- Acciona la palanca lenta y uniformemente.
- Dirige la descarga a la base del fuego.
- Haz un barrido de lado a lado con la boquilla.

Utiliza un extintor de incendios portátil sólo si has recibido capacitación y en las siguientes situaciones:

- El incendio se encuentra confinado a un espacio pequeño y no se está propagando.
- El cuarto no está repleto de humo.
- Alguien llamó a los bomberos.
- Nunca dirijas la descarga del extintor sobre una persona que está en llamas.

Plan de escape en caso de incendio

- Asegúrate de que todos conozcan las dos rutas de escape de la casa.
- Verifica que todos sepan cuál es el lugar de encuentro fuera de la vivienda en caso de incendio.
- Practica con todos el plan de escape y en distintos momentos del día.
- Practica con todos cómo despertarse ante el sonido de la alarma, agacharse y gatear y encontrarse afuera.
- Asegúrate de que todos conozcan los números telefónicos de los servicios de emergencia (bomberos).
- Enseña a todos a detenerse, tirarse al suelo y rodar en caso de que la ropa se prenda.

Práctica del plan de escape

Recuerda: sal de la casa, quédate afuera. Llama a los servicios de emergencia o al número local de emergencias.

- Nunca abras puertas que se sienten calientes al tocarlas.
- Agáchate y gatea debajo del humo.
- Ve al lugar de encuentro fuera de la casa y luego llama para pedir ayuda.
- Si el humo, el calor o las llamas obstruyen la ruta de escape, quédate en la habitación con la puerta cerrada, coloca una toalla húmeda bajo la ranura de la puerta y llama a los bomberos. Abre una ventana y pide ayuda agitando un trozo de tela de color brillante para llamar la atención

Si ocurre un incendio en tu casa debes SALIR, QUEDARTE AFUERA, LLAMAR para pedir ayuda y reportarte con tus familiares de que estas a salvo.

Sin dudad alguna existen otras recomendaciones de lo que debemos de tener o hacer en casa para prevenir incendios y evitar las consecuencias del fuego.

En Grupo TA&V de Venezuela estamos convencidos que la mejor inversión es la prevención y que el costo de la inversión que hagamos hoy se reflejará en nuestra seguridad del mañana.
 
 Por Alejandro Cedeño
 

lunes, 7 de enero de 2013

B.O.E y Airsoft

A raíz de la publicación del día 5 de Enero de 2013 en el BOE:
http://www.boe.es/boe/dias/2013/01/05/pdfs/BOE-A-2013-153.pdf
En la que finalmente se contemplan las marcadoras de airsoft en el reglamento de armas, a todos nos han surgido un montón de preguntas. Voy a intentar responderlas de la mejor forma posible, para que nos hagamos una idea de lo que esperar.
ATENCIÓN: Quedan bastantes cuestiones, que imagino serán respondidas de forma oficial por el ICAE. Asimismo, este texto es meramente interpretativo basado en mis conocimientos, no se debe tomar como una guía oficial ni nada parecido. Agradeceré correcciones, puntualizaciones e interpretaciones alternativas. También es posible que comunicaciones oficiales dejen este texto obsoleto en muy poco tiempo, iremos actualizando a la mayor brevedad posible.
Primero analizaremos puntos interesantes de la publicación.
Si bien determinadas armas utilizadas en las señaladas actividades presentan idénticas características a aquéllas de la 4.ª categoría del artículo 3 del Reglamento de Armas, aprobado por el Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, y, por tanto, están clasificadas como tales, no sucede así con las que disponen de un sistema de disparo automático o son accionadas por muelle o resorte. Éstas últimas no se hallan comprendidas específicamente en ninguna de las categorías del citado artículo.
Es decir, según la administración las GBB que disparan en semi estaban contempladas en la cuarta. Esto ignora el hecho de que no tuvieran Nº de serie único y cosas así, pero bueno, lo importante es que si no salen mencionadas explícitamente en la actualización no es porque el gas esté prohibido, es porque se considera que ya estaba incluido.
Artículo 1. Armas lúdico-deportivas.
1. Se entenderá por arma de uso lúdico-deportivo aquella arma accionada por muelle, resorte, aire o gas comprimido, de ánima lisa o rayada, que dispara proyectiles de material a base de polímeros biodegradables, que pueden contener o no líquidos o geles en su interior, los cuales deberán cumplir con la normativa medioambiental.


Los escasos poseedores de un cañón estriado Tanio Koba pueden estar tranquilos, ya que se contempla el  ánima rayada. Y si se desarrollara algún cañón estriado nuevo tampoco tenemos que preocuparnos.
El tema de la normativa medioambiental es algo más peliagudo, yo imagino que se refieren a la normativa europea de plásticos biodegradables, pero es pura especulación. Esperemos que esto se aclare.
a) El proyectil de las armas lúdico-deportivas denominadas de «airsoft» tendrá un peso no superior a 0,45 gramos, su diámetro máximo será de 8 milímetros y la energía cinética en boca no será superior a 3,5 julios.
Tanto peso, como potencia, como diámetro de sobra para nosotros. Recordemos que esto es el máximo permitido por ley, en cada partida cada uno puede establecer los límites que considere, que nadie empiece a instalar muelles M150 en sus fusileros.
Y vamos al meollo de la cuestión. Para ello nos ayudaremos de la magnífica guía sobre armas de cuarta categoría de la Asociación Andaluza de Field Target http://airecomprimido.vacau.com/leyes.pdf:
1. El régimen aplicable a las armas lúdico-deportivas cuyo sistema de disparo es automático será el establecido en el Reglamento de Armas, aprobado por el Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, para la categoría 4.1 de su artículo 3.
2. El régimen aplicable a las armas lúdico-deportivas que estén accionadas por muelle o resorte será el establecido en el Reglamento de Armas para la categoría 4.2 de su artículo 3.

O sea, la famosa cuarta categoría. Si además leemos las definiciones del reglamento de armas:
Cuarta categoría:
1. Carabinas y pistolas, de tiro semiautomático y de repetición; y
revólveres de doble acción, accionadas por aire u otro gas comprimido no asimiladas a escopetas.
2. Carabinas y pistolas, de ánima lisa o rayada, y de un solo tiro, y
revólveres de acción simple, accionadas por aire u otro gas comprimido no asimiladas a escopetas.

Casi salvo los snipers de muelle, que serían 4.2 todas nuestras réplicas entran en la 4.1.
¿Que conlleva eso?
SECCIÓN IV. SEÑALES Y MARCAS.
Artículo 28.
1. Todas las armas de fuego tendrán las marcas de fábrica correspondientes, la numeración correlativa por tipo de armas y el punzonado reglamentario de un banco oficial de pruebas
español o reconocido por España. También llevarán numeración correlativa las armas de las categorías 3.3, 4 y 7.1, 2 y 3.
2. La numeración de fábrica será compuesta, y deberá constar en todo caso de las siguientes partes:
a. Número asignado a cada fábrica por la Intervención Central de Armas y Explosivos.
b. Número correspondiente al tipo del arma de que se trate.
c. Número secuencial de cada arma fabricada, comenzando cada año en el número 1.
d. Las dos últimas cifras del año de fabricación.
Las partes reseñadas podrán constituir un número único o dos números, en los que se integren, respectivamente, las dos primeras y las dos últimas partes enumeradas.

La ICAE va a tener que asignar un sistema de punzonado nuevo, porque si no va a ser un poco locura todo. Seguramente se use un sistema similar a los punzonados extraoficiales que se llevan haciendo de un tiempo a esta parte.
SECCIÓN II. COMERCIO INTERIOR.
Artículo 54.
3. Las armas de la categoría 4 se podrán adquirir y tener en el propio domicilio, sin otro trámite que la declaración de la venta, la clase de armas y los datos de identidad del adquirente al Alcalde del municipio de la residencia de éste y a la Intervención de Armas de la Guardia Civil.

Hasta donde yo se estas cosas no tienen efecto retroactivo, por lo que si no queréis usar una réplica creo que no sería necesario trámite alguno.
SECCIÓN V. TRÁNSITO DE ARMAS.
Artículo 67.
1. El tránsito de armas por territorio español deberá ser objeto de autorización previa y quedará sometido al condicionado que en la misma se fije.
3. Se exceptúan del régimen de autorización los casos de tránsito de hasta dos armas de las categorías 2, 3, 4, 6 y 7, que transporten consigo, desmontadas, en su caso, y dentro de sus cajas o fundas sus propietarios. En estos supuestos, las armas pasarán por territorio
español amparadas por una guía de circulación de clase A, expedida por la Intervención de Armas, y por un pase de importación temporal, expedido por la aduana de entrada, con exigencia de garantía suficiente para cubrir la sanción máxima en que pudiera incurrirse en
caso de que no se produzca la salida de España.

No tengo claro si esto se refiere a armas extranjeras. Pongamos que no. Se podrían sacar del municipio con la guía de circulación. Sobre lo de llevarlas desmontadas habría que especificar si con llevarlas sin la batería en el caso de las eléctricas y sin corredera montada en caso de las pistolas vale. Si no en las AEG se podría quitar el motor o algo así… también será necesario una pronunciación del ICAE al respecto.
SECCIÓN 3ª
Cesión temporal de armas
Artículo 91.
1.- Tanto los españoles como los extranjeros residentes en España podrán prestar sus armas de caza a quienes estén provistos de licencia de caza y de la licencia de armas larga rayada para caza mayor o escopeta correspondiente, según los casos, con una autorización escrita, fechada y firmada, para su uso durante quince días como máximo y precisamente para cazar. También se podrán prestar, con autorización escrita, pistolas, revólveres y armas de concurso, para la práctica de tiro deportivo, a quienes estén reglamentariamente habilitados para su uso. Las armas se prestarán siempre con sus guías de pertenencia. (Ver Párrafo 2)
2.- Con igual autorización y a los mismos efectos podrán prestarse las
documentadas con tarjeta de armas, acompañadas de este documento.

Si mal no entiendo, no hay problema para prestar, ya que no hace falta más que la tarjeta de armas para el uso de las réplicas y los requisitos son muy sencillos (hablaremos de ellos más adelante).
Artículo 93.
1.- En caso de fallecimiento del titular, los herederos o albaceas deberán
depositar las armas en la Intervención de Armas de la Guardia Civil,
tratándose de particulares, y en los servicios de armamento de sus
propios Cuerpos o Unidades, si son titulares de licencia A, donde quedarán durante un año a su disposición por si alguno de ellos pudiese legalmente adquirirlas y quisiera hacerlo. El depósito deberán efectuarlo tan pronto como tengan conocimiento de la obligación de hacerlo y en cualquier caso dentro de los seis meses siguientes al fallecimiento.
2.- Durante el indicado plazo de un año, también podrán los herederos enajenar el arma con arreglo a lo dispuesto en el artículo siguiente o recuperarla, documentándola o inutilizándola, en la forma prevenida respectivamente en los artículos 107 y 108, para conservarla como recuerdo familiar o afectivo.
3.- Transcurrido dicho plazo sin que el arma hubiera recibido ninguno de los destinos previstos en los apartados anteriores, se enajenará en
pública subasta y se entregará su importe a los herederos o se ingresará a su disposición en la Caja General de Depósitos.

Esto no tiene demasiado misterio. Los herederos deben sacarse la tarjeta de armas si quieren mantener las réplicas, aunque siendo de cuarta si sólo quisieran tenerlas como recuerdo no tengo claro si sería necesario o no.
Artículo 94.
1.- El particular que desee enajenar un arma tiene que hacer la cesión a
persona que posea la licencia, tarjeta o certificado de inutilización
correspondientes, siempre que sea necesario con arreglo a lo dispuesto en este Reglamento.

Otro artículo relativamente claro.
Artículo 97
4.- En toda autorización, licencia o tarjeta, deberá figurar el número del documento nacional de identidad o documento equivalente y los
datos personales, cuando el titular sea persona física, y el número del
código de identificación la denominación y domicilio, cuando el titular sea persona jurídica.

También muy claro.
LICENCIAS, AUTORIZACIONES ESPECIALES Y TARJETAS DE ARMAS.
SECCIÓN I. LICENCIAS EN GENERAL Y TARJETAS.
Licencias en general.
Artículo 96.
6. Para llevar y usar armas de la categoría 4 se necesita obtener tarjeta de armas.
Artículo 97.
4. En toda autorización, licencia o tarjeta, deberá figurar el número del documento nacional de identidad o documento equivalente y los datos personales, cuando el titular sea persona física, y el número del código de identificación, la denominación y domicilio, cuando el titular sea persona jurídica.
5. La vigencia de las autorizaciones concedidas y de los reconocimientos de coleccionistas efectuados estará condicionada al mantenimiento de los requisitos exigibles con arreglo a lo dispuesto en este Reglamento para su otorgamiento, pudiendo los órganos competentes para su expedición comprobar en cualquier momento tal mantenimiento y procediendo a revocarlas en caso contrario.

Información sobe la tarjeta.
Aptitudes físicas y psíquicas.
Artículo 98.
1. En ningún caso podrán tener ni usar armas, ni ser titulares de las licencias o autorizaciones correspondientes, las personas cuyas condiciones psíquicas o físicas les impidan su utilización, y especialmente aquellas personas para las que la posesión y el uso de armas representen un riesgo propio o ajeno.
3. El indicado Ministerio podrá habilitar a las federaciones deportivas o a otras entidades titulares de polígonos, galerías, campos de tiro o armerías debidamente autorizados y que acrediten contar con personal y medios materiales adecuados para dedicarse a la enseñanza y ejercitación en las indicadas materias.

Lo que no se es si es necesario un certificado, en principio no parece.
Tarjetas de armas.
Artículo 105.
1. Para poder llevar y usar las armas de la categoría 4 fuera del domicilio habrán de estar documentadas singularmente, mediante tarjetas de armas, que las acompañarán en todo caso.
Las tarjetas de armas serán concedidas y retiradas, en su caso, por los Alcaldes de los municipios en que se encuentren avecindados o residiendo los solicitantes, previa consideración de la conducta y antecedentes de los mismos.
Su validez quedará limitada a los respectivos términos municipales.


La famosa regla de los respectivos términos, que creo que es una regla que no está aplicando en AC.
2. Las armas incluidas en la categoría 4.2, se pueden documentar en número ilimitado con tarjeta B, cuya validez será permanente. De las comprendidas en la categoría 4.1, solamente se podrán documentar seis armas con tarjetas A cuya validez será de cinco años.
Snipers ilimitados, 6 réplicas no snipers durante 5 años.
4. Los solicitantes de la tarjeta A deberán acreditar haber cumplido catorce años de edad, a cuyo efecto habrán de presentar documento nacional de identidad o documentos equivalentes en vigor.
Técnicamente los menores si podrían jugar a airsoft, aunque imagino que los campos podrán prohibir arbitrariamente menores en sus partidas, porque imagino los seguros de responsabilidad civil de menores serán peliagudos, sobre todo si tenemos en cuenta la jurisprudencia…
5. Los Alcaldes podrán autorizar, con los condicionamientos pertinentes para garantizar la seguridad, la apertura y funcionamiento de espacios en los que se pueda hacer uso de armas de aire comprimido de la categoría 4
De momento sin requisitos para los campos salvo autorización del ayuntamiento.
Cuando se trate de armas blancas, de aire comprimido o de las demás comprendidas en las categorías 4 a 7 del presente Reglamento, la fabricación, reparación, almacenamiento, distribución y comercio de armas prohibidas o de armas reglamentadas sin autorización, con multas de cincuenta mil una a cinco millones de pesetas, clausura de las fábricas, locales y establecimientos de hasta seis meses de duración e incautación de los instrumentos o efectos utilizados para la comisión de la infracción.
Según esto sería necesaria una licencia de mecánico de airsoft.
Estos puntos creo que de momento son los más interesantes para nosotros. Además de eso, os remito a leer a partir de la página 11 del pdf los artículos no aplicables a la cuarta categoría, que van a despejarnos muchas dudas.

domingo, 30 de diciembre de 2012

Benelli M4 Super 90: la escopeta de los US Marine Corps




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La Benelli M4 Super 90 está considerada como una de las mejores escopetas de combate del mercado
El lanzamiento de la Benelli M4 Super 90 se produjo en 1998 y el hecho de ser un arma semiautomática supuso su principal característica evolutiva frente a las demás escopetas de combate existentes hasta el momento. Si bien es cierto que modelos como la Benelli M1, M2, M3 o la H&K 512 llevaban en el mercado más de una década, la particular toma de gases de la M4 Super 90 supuso un hito en la fiabilidad de este tipo de escopetas de combate.

El sistema ARGO de Benelli aplicado a este arma en particular, consiste en una doble toma de gases autorregulada y autolimpiable que opera a escasos centímetros del fin de la recámara. Está conformada por dos orificios por los que penetran los gases para mover dos sencillos pistones, que a su vez empujan el cerrojo hacia atrás. Este eficiente sistema permite que la escopeta funcione a la perfección con cargas que van desde los 24 gramos hasta más del doble. Este hecho facilita que la escopeta dispare la mayor gama de cartuchos policiales de uso común, desde perdigón en cargas de 24 o 28 gramos para la instrucción, pasando por cartuchos con 6 postas de bajo retroceso, beanbags o saquetes de perdigones, cartuchos rompe puertas o door breaching, diferentes tipos de perforantes, balas de 28 a 40 gramos, postas comunes o perdigón del 00.

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Además de táctica, la M4 Super 90 es una escopeta muy bonita
Una vez reseñada su más destacable característica, repasaremos las demás en menor profundidad. La escopeta Benelli M4 Super 90 dispone de multitud de configuraciones de culata posibles. En Lejarazu Sport hemos tenido oportunidad de probar la versión táctica con pistolete y culata telescópica ajustable. Si bien es cierto que es su versión civil, con dos únicos puntos de extensión, es decir, a la mínima y máxima longitud, la versión de este arma que sirve en los Marines de EEUU cuenta con 2 puntos de extensión extra para adecuar la longitud de la misma a las variables dimensiones de cualquier miembro de dicho cuerpo. Este arma también se encuentra con culata fija tradicional o fija con pistolete para países que dispongan de una legislación más restrictiva al respecto. El hecho de incluir un pistolete en la mayoría de las versiones hace su manejo mucho más rápido e intuitivo, a la vez que ayuda a controlar el retroceso y permite una “conducción táctica” del arma más eficiente.

El cajón de mecanismos es un elemento tradicional Benelli, similar al que estamos acostumbrados a encontrar en escopetas de caza. Merecen una mención especial su seguro y palanca de cerrojo sobredimensionados, los cuales pueden considerarse indispensables en un arma de uso táctico o policial, que en muchas ocasiones requerirá su uso con guantes o en situaciones de estrés.  En el mercado pueden encontrarse palancas de corredera aún mayores y botones de retenida sobredimensionados, aunque no se hacen necesarios.

El cerrojo es fiabilidad italiana en estado puro. Se trata de un Sistema Benelli moderno que se viene incorporando en las armas de este fabricante desde los años 90, fosfatado en este caso para encajar en las necesidades operativas del arma. La principal diferencia frente al comercial de las escopetas inerciales estriba en la ausencia de muelle alguno entre el cabezal giratorio de dos tetones y la masa del cerrojo, debido a que al disponer de un funcionamiento por toma de gases ARGO, en este arma no es necesario. Sobre el cajón de mecanismos podemos encontrar un raíl Picatinny Mil-Spec sobre el que colocar toda clase de elementos ópticos de puntería, siendo el holográfico o un punto rojo tradicional las configuraciones más usuales. Tras este carril se encuentran las miras Ghost Ring. Estos elementos de puntería, tan extendidos en escopetas de combate, permiten un ajuste en elevación y deriva de lo más preciso. A su vez, cuentan tanto en su parte frontal como trasera, con sendos insertos de auto luminiscentes destinados a permitir su visualización en entornos de baja luminosidad.

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Cierres de dos escopetas Benelli completamente desarmados
El cañón de la Benelli M4 Super 90 que dispusimos para las pruebas era la versión de 47 cm, mientras que también existe una versión compacta de la M4 con un tubo de tan solo 35 cm. En esta ocasión probamos la versión con chokes, aunque la entregada a los Marines de EEUU disponía de un estrechamiento fijo de cilíndrico mejorado o cuatro estrellas.

El particular guardamanos de este arma, fabricado en polímero de alta resistencia, se divide en dos mitades que facilitan su montaje y desmontaje, además de contener un rayado que nos permitirá asir el arma con firmeza en cualquier situación. Esta pieza está atravesada por un cargador tubular con capacidad para 7 cartuchos de longitud estándar o 6 de tipo Magnum, aunque en nuestro país se encuentra limitado a 4 cartuchos desde origen. Finalmente, para concluir la descripción de esta escopeta de combate, queda resaltar que todas sus partes metálicas están fosfatadas e incluyen tratamientos destinados a evitar los brillos y la corrosión. Continuando con estas necesidades tácticas, la Benelli M4 Super 90 dispone de dos anclajes para correajes en su culata y bajo el cañón, mientras que existe la opción de añadir una fijación para correa de un único punto entre el cajón de mecanismos y la culata.

Los Marines y el Joint Service Combat Shotgun
En 1998 el ejército estadounidense convocó un concurso cuya finalidad era dotar a sus Marines de una nueva escopeta que cumpliese con los requerimientos de los nuevos tiempos en los que se encontraban. El fabricante italiano Benelli acudió al mismo con su escopeta modelo M4 Super 90, la cual pasó a denominarse XM1014 mientras se extendiese la duración del concurso. Dicha evaluación, también conocida como Joint Service Combat Shotgun, requería pasar con éxito una serie de rígidas pruebas de funcionamiento, precisión, calidad, resistencia y mantenimiento.

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Benelli M4 Super 90 con munición antidisturbios
En lo que a precisión se refiere, la prueba consistía en que a una distancia de 40 metros, al menos 5 de las 9 postas que contiene un cartucho ordinario 00 Buck impactasen sobre una silueta humana en el 50% de los disparos. Tras la finalización de la prueba, se comprobó que la Benelli M4 Super 90 consiguió al menos 6 impactos sobre el 100% de los blancos, lo cual demuestra una precisión y capacidad de plomeo excelentes y muy por encima de lo requerido. La siguiente prueba, más llamativa, requería un funcionamiento sin problemas para 10.000 disparos. En este caso, la Benelli M4 Super 90 consiguió efectuar más de 25.000 disparos sin necesidad de sustituir ninguna pieza del arma.

El mantenimiento es otra característica que deben cuidar las armas destinadas al campo de batalla. El concurso reseñaba que el desmontaje del arma no podía alargarse más de 60 segundos, y en el caso de la XM1014 el tiempo se fijó en 45 segundos. A su vez, tan solo se requerían 10 minutos para su limpieza, lubricado y mantenimiento, frente a los 20 estipulados.

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Diferencias en los cajones de mecanismos de una Benelli de caza y la M4 Super 90
Pruebas de campo
A lo largo del pasado mes de julio, la Academia de Policía Vasca situada en Arkaute (Álava) nos brindó la oportunidad de utilizar sus magníficas instalaciones para realizar la prueba de la Benelli M4 Super 90 que ilustra este artículo. Durante el transcurso de la mañana, en compañía del instructor de tiro táctico policial Félix Ibáñez, se llevaron a cabo una serie de pruebas de tiro en la galería de 50 metros, que detallaremos a continuación.

Comenzamos la mañana disparando a 50 metros con bala, a fin de comprobar la regulación de los elementos de puntería. Disparamos un grupo de 5 cartuchos de la munición Federal Tactical Truball Rifled Slug HP. La homogeneidad que demostró esta munición de 28 gramos, junto a las adecuadas características de la Benelli M4 Super 90 para dispararla, quedaron demostradas en el buen grupo resultante, cuya dispersión horizontal estuvo motivada por la falta de referencia donde apuntar en el blanco. A continuación, con el objetivo de ajustar las miras, procedimos a efectuar otro grupo de 5 disparos en los que se puede comprobar el ajuste entre los mismos y con los que el arma ya quedaría puesta a tiro para el resto de la prueba.

En el paso siguiente, efectuamos una mezcla de munición de lo más variopinta en cuanto a gramajes y números de perdigón, con los que demostrar la polivalencia del arma. Para ello, se alimentó la escopeta con cinco cartuchos entre los que podía encontrarse 50 gramos con perdigón del 2, 36 gramos del 00, 32 gramos del 7 ½, 28 gramos del 8 con vaina de cartón, y 24 gramos del 7 ½. En secuencias rápidas de disparo, la Benelli M4 Super 90 vació todos los cartuchos de su interior sin ningún tipo de problema ni interrupción. Una vez efectuadas estas pruebas más o menos ordinarias, se procedió a disparar cartuchos de uso policial y comprobar sus efectos.

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Punto de mira delantero de la M4
El primer tipo de cartucho utilizado fue un Clucas Hatton Mk1, una munición del tipo “door breaching” muy utilizada entre finales de los 90 y principios de la década anterior a la que nos encontramos. A falta de una cerradura o bisagra contra la que disparar esta munición, se empleó contra una chapa de acero de 8mm a escasa distancia. Para el uso de esta munición es recomendable utilizar un choke exterior perforado que permita apoyar el arma contra el obstáculo a destruir. No obstante, disparando a una distancia moderada que permita a los gases salir del tubo antes de que el proyectil frangible del cartucho toque el obstáculo, también se puede disparar con seguridad. Tanto en este caso de disparo a corta distancia, como en uno efectuado a unos 5 metros, el proyectil impactó contra la chapa causándole una abolladura considerable y fragmentándose en una nube de polvo. Cabe reseñar que el empleo de esta munición no impide que la Benelli M4 Super 90 automatice, por lo que tras retirar el hipotético obstáculo, el arma queda lista para efectuar sucesivos disparos con otros tipos de munición.

Continuando con los tests, el siguiente cartucho que probamos desde unos 15 metros contra la chapa de 8mm fue un cartucho francés P.A.R. de flecha perforante. En este caso, la placa de acero poco pudo hacer
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Mira trasera Ghost Ring de la M4
contra los más de 500 m/s que ofrecía dicho proyectil perforante, quedando agujereada tras la detonación. Según nos comentó Félix, este cartucho es el que usa la Gendarmería francesa en los controles de carretera, debido a su alta capacidad de detener un coche en marcha disparando al bloque de su motor. Finalmente y dejando la prueba más complicada y espectacular para terminar, se efectuó un disparo tratando de emular una de las pruebas que permitió a la Benelli M4 Super 90 cumplir con los requerimientos del programa Joint Service Combat Shotgun de los Marines de EEUU. Si bien este programa establecía la distancia de tiro en 40 metros, debido a un error de transcripción de la prueba, el disparo se efectuó a 50 metros con un cartucho 00 Buck cargado con 9 postas. En este caso, el arma consiguió que al menos 6 impactos se contabilizaran en el interior de la silueta, quedando otros dos a 1 y 6 centímetros de la misma, que en caso de reducir la distancia en los 10 metros extras añadidos por error, a buen seguro habrían quedado también dentro de la misma o muy próximos a ella.

Conclusiones

Tras la completa puesta a prueba de la Benelli M4 Super 90 se puede afirmar sin temor a equivocarse que estamos ante una de las mejores escopetas semiautomáticas de uso táctico que en la actualidad se encuentran en el mercado. Una sencilla toma de gases ARGO, junto a un sistema de cerrojo más que probado, le confieren un funcionamiento impecable. Mientras tanto, sus elementos de puntería, culata y pistolete facilitan que nuestros disparos se dirijan en todo momento hacia el blanco. Todo esto añadido a la facilidad para su desmontado y limpieza, así como a la durabilidad de sus piezas, hacen de la Benelli M4 Super 90 un arma a la que se pueden confiar nuestras vidas.
Fuente: http://www.armas.es/articulos/escopetas/31624-benelli-m4-super-90-la-escopeta-de-los-us-marine-corps. (www.puntaslejarazusport.com)